El derecho de desistimiento no es aplicable en muchos regalos típicos de San Valentín

Regalo del Día de San Valentín.

La Dirección General de Consumo destaca una serie de recomendaciones a la hora de comprar joyas, flores o reservar en un restaurante

La celebración del Día de San Valentín lleva aparejado el aumento de las compras tanto en establecimientos físicos como en el comercio 'online'. En este marco, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía lanza una serie de recomendaciones para aquellos consumidoores que estén pensando en regalar joyas, flores o cualquier producto comprado por internet.

En caso de regalar una joya, es importante comparar precios entre diferentes establecimientos, lo que podría significar un importante ahorro. Se recomienda comprobar que los artículos dispongan del oportuno contraste de origen (que identifica a la entidad fabricante o importadora) y del contraste de garantía del laboratorio (que asegura la calidad de la pieza).

Los establecimientos que comercializan joyas deben identificar claramente las piezas elaboradas con metales preciosos (oro, plata, platino, etc.) y los de baja aleación (chapados y bañados).

Otro aspecto fundamental es informarnos sobre las condiciones de devolución que aplica el establecimiento, sobre todo cuando se trata de un regalo. Hay que recordar que estos productos disponen de la garantía legal aplicable, de tres años para los productos nuevos. Desde Consumo, se recuerda la importancia de guardar el tique o factura de la compra, por si fuera necesario plantear alguna reclamación o solicitar algún cambio o posible devolución.

El derecho de desistimiento –en las compras online, el derecho a devolver el producto y al reembolso del dinero, sin penalización y sin necesidad de justificar el motivo, en un plazo de 14 días naturales– no podría aplicarse cuando se trate de joyas grabadas o productos personalizados.

Otras excepciones al derecho a desistir del contrato son las referentes a aquellos bienes que no son aptos para ser devueltos por razones de higiene, como la ropa interior, una vez haya sido desprecintado el producto.

Tampoco se permite devolver los discos de música o películas –susceptibles de ser copiados– que hayan sido desprecintados, así como los bienes personalizados o creados conforme a las especificaciones de la persona consumidora.

Además de las joyas, entre los regalos más comunes en esta fecha, se encuentran los productos de floristería.

A la hora de adquirir flores, una opción es acudir a floristerías cercanas a nuestro domicilio, lo cual supone no tener que hacer grandes desplazamientos y, quizás, ahorrar algún dinero en su compra. Es poco probable que, al tratarse de un producto muy perecedero, el establecimiento permita la devolución de las flores o plantas adquiridas en el mismo. En el caso del comercio 'online' de flores, no se aplicaría el derecho de desistimiento, porque se trata de productos que se deterioran con rapidez.

Si los planes para San Valentín consisten en una comida o cena en un restaurante, si se va a realizar una reserva, el establecimiento no puede cobrar una cantidad suplementariapor realizarla, sería una práctica ilegal. El restaurante sí podría solicitar una cantidad por adelantado, que deberá ser descontada del precio final que se vaya a abonar.

Las personas consumidoras que vayan a aprovechar las rebajas deben recordar que sus derechos siguen siendo los mismos que el resto del año.

Si se opta por paquetes turísticos especiales para esta fecha, como los que incluyen cena y alojamiento en un hotel, debe recordarse que la publicidad es contractual, por lo que debe cumplirse lo pactado respecto al menú y a las condiciones de la estancia.