El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes quiere eliminar el carácter gratuito de los cursos de formación preparatorios para acceder a ciclos de Formación Profesional de grado medio o grado superior expresamente autorizados por la administración educativa.
Así lo refleja el proyecto de real decreto por el que se modifican el real decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; y el real decreto por el que se desarrolla la ordenación del sistema de Formación Profesional, recogido por Europa Press.
El proyecto de real decreto ha comenzado su trámite de audiencia e información pública este miércoles 17 de enero. La fecha límite para la remisión de aportaciones al real decreto es el próximo 25 de enero.
En concreto, el documento propone modificar los artículos de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior, eliminando la gratuidad de los cursos de formación específicos preparatorio para acceder a estas enseñanzas.
Asimismo, completa uno de los requisitos para acceder a estos grados de Formación Profesional, el de 'haber superado una prueba de acceso', añadiendo que los estudiantes deberán "haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años".
Los estudiantes también pueden acceder a los ciclos formativos de grado medio cumpliendo otros requisitos, como estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria; estar en posesión del título de Técnico Básico o de Técnico; o haber superado una oferta formativa de Grado C incluida en el ciclo formativo.
Por su parte, lo alumnos que quieran acceder a los ciclos formativos de grado superior deben cumplir uno de los siguientes requisitos: Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional o el título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño; poseer el título de Bachiller; haber superado una oferta formativa de Grado C incluida en el ciclo formativo; haber superado el curso de formación específico preparatorio; haber superado la prueba de acceso; o estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario.
El proyecto del real decreto también modifica los requisitos de instalaciones comunes a todos los centros docentes que impartan las enseñanzas de Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
Así, añade que "excepcionalmente, en el caso de centros que impartan exclusivamente ciclos formativos de grado medio, superior o cursos de especialización de Formación Profesional, se podrá autorizar su ubicación en edificios con uso compartido, siempre que se halle claramente delimitado el espacio específicamente destinado a uso educativo".