Se amplían los periodos de cotización limitada para autónomos con discapacidad
El Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado, amplía los periodos de cotización reducida a la Seguridad Social para cierto tipo de trabajadores autónomos, entre ellos los que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por 100.
La norma con fuerza de Ley publicada hoy modifica Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, en virtud de la cual introduce un nuevo apartado 10 en el artículo 38 ter de dicho cuerpo legal que dispone que “cuando los trabajadores por cuenta propia o autónomos (…) tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo” los periodos de aplicación de la cuota reducida a que se refieren los apartados 1 y 2 “serán, respectivamente, de 24 meses naturales completos y de 36 meses naturales completos,
Se otorga así el máximo nivel de reducción de cuotas a los trabajadores autónomos con discapacidad, junto a las mujeres que ha sufrido violencia de género o a las víctimas de terrorismo.
Estas mejoras en el marco de incentivos al establecimiento de personas con discapacidad como trabajadores autónomos o por cuenta propia van en la línea de lo demandado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que viene reclamando la aplicación de las mismas medidas de acción positiva previstas para la contratación de trabajadores con discapacidad por cuenta ajena.
Se trata así de reconocer y estimular el emprendimiento empresarial de las personas con discapacidad, que han de superar desventajas más acusadas para desarrollar iniciativas económicas propias.