domingo. 08.09.2024

El recurso de amparo que el Tribunal Constitucional a la ex consejera de Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, también se aplicará al ex presidente José Antonio Griñán, ya que ambos fueron condenados por malversación bajo las mismas circunstancias en su gestión en Hacienda.

El informe sobre el recurso de amparo de Martínez Aguayo, afirma que la ex consejera no cometió malversación, ya que esta responsabilidad recaería en los dirigentes que otorgaron las ayudas a los afectados por los ERE.

Previamente, el Tribunal Constitucional había dictaminado en una sentencia sobre Magdalena Álvarez que la preparación del proyecto de Presupuesto de la Junta por parte del Gobierno no puede calificarse como un delito de prevaricación. Esto se debe a que la ley es competencia del Parlamento, no del Ejecutivo, y solo después de ser aprobada en la Cámara, adquiere su carácter legal.

El ex presidente José Antonio Griñán fue condenado a seis años de prisión y nueve de inhabilitación por el caso ERE. A diferencia de Martínez Aguayo, que no entró en prisión porque se encuentra en tratamiento contra un cáncer.

La tesis de la ponente Inmaculada Montalván coincide, en líneas generales, con la de las dos magistradas del Tribunal Supremo que presentaron un voto particular en contra de la sentencia de los ERE de la Audiencia Provincial de Sevilla. Las juezas Ana Ferrer y Susana Polo defendieron que el delito de malversación no era aplicable a los exdirigentes que no pertenecían a la Consejería de Empleo.

La sentencia del Tribunal Supremo condenó por malversación a José Antonio Griñán y Carmen Martínez Aguayo por no haber ejercido su labores de control sobre la aprobación de la partida 31.L que permitía conceder ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por ERE.

El caso de Griñán se abordará en el pleno del próximo 16 de julio.

La anulación del delito de malversación a Aguayo abre la puerta a Griñán