Condenan al Servicio Andaluz de Salud por no comunicar a un paciente que acabo falleciendo que tenía cáncer
Al paciente se le realizó una endoscopia digestiva donde le detectaron un cáncer de esófago que tres años después, al no haber sido comunicado y permanecer sin tratamiento, acabó con su vida
Una negligencia médica es la peor cosa que puede ocurrirle a los familiares de un paciente, sobre todo si la vida del mismo depende del acierto o error del médico. Estas no suelen ser muy habituales y por suerte, los profesionales están cada vez mejor preparados, pero, por desgracia dichas negligencias siguen ocurriendo. Es el caso de un paciente de un hospital de Granada, cuya familia tendrá que ser indemnizada por el Servicio Andaluz de Salud, aunque el dinero no es capaz de devolver la vida de un familiar.
Los análisis del paciente granadino no fue comunicado con el debido tiempo al propio paciente, en un caso normal esto es una negligencia pero no muy grave, el problema llega cuando los resultados de los análisis detectan un cáncer mediante una endoscopia digestiva. Finalmente, tres años después de dicho análisis y sin que nadie supiese de su enfermedad, el paciente murió con metástasis tres años después.
Para entender los hechos tenemos que volver varios años atrás en el tiempo, al 29 de julio de 2015 cuando el hombre acudió al hospital Virgen de las Nieves de Granada para realizarse una endoscopia, tal y como habían pedido los especialistas de Nefrología. La prueba, por desgracia, dio como resultado cáncer de esófago, pero dicho diagnóstico nunca se le llegó a comunicar ni a los familiares, ni al paciente, ni siquiera a los especialistas que le trataban.
Tres años más tarde, el hombre volvió a acudir a una consulta, esta vez, una más grave, de Cirugía General y Digestiva por sangrado esporádico derivado de hemodiálisis. El especialista que le atendió, al apreciar una lesión perianal excrecente, consultó el historial clínico del enfermo y fue en ese mismo momento que se dio cuenta de que constaba una endoscopia que se había realizado tres años antes, con diagnóstico de cáncer de esófago. Al haber pasado 3 años, el cáncer estaba ya en estado avanzado, ya que, entre 2015 y 2018, no se había pautado tratamiento alguno. El hombre falleció el 26 de diciembre de ese mismo año en su domicilio, adonde se le trasladó en estado terminal.
Los familiares serán indemnizados
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Granada da así la razón a los hijos y nieto del fallecido, un hombre que murió en diciembre de 2018 a los 66 años a consecuencia de un carcinoma esofágico metastásico. Tras la demanda de los familiares, la titular de ese Juzgado obliga a la aseguradora de la sanidad andaluza a indemnizar a los familiares del fallecido con 198.706 euros.
Mientras, el Servicio Andaluz de Salud reconoció, en su defensa, que hubo una demora en comunicar y establecer el tratamiento del cáncer diagnosticado al paciente al haber pasado desapercibido el resultado de la biopsia realizada en 2015. No obstante, alegó que no se podía saber "cuál habría sido la evolución de la enfermedad, incluso habiéndose instaurado un tratamiento precoz, ya que el paciente tenía un deteriorado estado previo de salud", por lo que no cabía establecer "un nexo causal claro y directo entre la actuación sanitaria y el resultado de fallecimiento".
El juzgado entiende que el punto clave de este pleito no es si el paciente tenía unas posibilidades de supervivencia del cáncer que padecía de un 47 % o de un 15 % según indicaron los peritos. "Es imposible saber si el cáncer que padecía el paciente hubiera entrado en ese 47 % o 15 % de curación y supervivencia o en el 33 % u 85 % restante, o si acaso, en un hipotético 1 % de haberse manifestado que ese era el porcentaje de curación.