El Gobierno aprobará mañana el 'escudo laboral' para afectados por la DANA
Habrá una prestación extraordinaria para empleadas de hogar, prohibición de despedir y derecho a reducir hasta el 100% de la jornada por cuidados
El Consejo de Ministros de este lunes tiene previsto aprobar un conjunto de medidas laborales para los trabajadores afectados por la DANA que la propia vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha bautizado con el nombre de 'escudo laboral'.
Este paquete de medidas para los damnificados por la DANA es el segundo que adopta el Gobierno después de que el pasado martes aprobara ayudas para los afectados por la catástrofe valoradas en 10.600 millones de euros.
El 'escudo laboral', que tendrá efectos retroactivos desde el 29 de octubre, estará integrado por diversas medidas, como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), a los que podrán acogerse empresas radicadas en las zonas sacudidas por la DANA pero también aquellas que justifiquen que su actividad se ha visto afectada por el temporal, según fuentes del Gobierno consultadas por Europa Press.
Los trabajadores incluidos en ERTE que vean reducida su jornada laboral o suspendido su contrato de trabajo por la DANA tienen derecho a una prestación contributiva, del 70% de la base reguladora, que no exige un periodo previo de cotización y que tampoco consume periodos cotizados. Las empresas en ERTE estarán exoneradas del pago del 100% de las cotizaciones al menos hasta el 28 de febrero de 2025.
El Gobierno calcula que la cifra potencial de trabajadores que podrían adherirse a un ERTE porque trabajan en un municipio afectado por la DANA supera las 350.000 personas, con un coste aproximado de 147,9 millones de euros.
El 'escudo laboral' incluye, como novedad, permisos retribuidos, con el 100% del salario, a los trabajadores que por motivo de la DANA no puedan acudir a su puesto de trabajo o teletrabajar. A diferencia de los que se pusieron en marcha durante la pandemia, estos permisos serán no recuperables, de forma que el trabajador no tendrá que recuperar para la empresa las horas no trabajadas.
Estos permisos, que no implicarán pérdida de cotizaciones, serán sufragados por las empresas, que podrán estar o no acogidas a un ERTE, y tendrán plazos indeterminados (no se tasarán los días de permiso), salvo en el caso del permiso por fallecimiento de familiares, que se amplía a cinco días a contar desde que se produzca el sepelio.
Las causas por las que los trabajadores podrán acogerse a estos permisos son diversas. Así, podrán acceder a ellos los trabajadores que no puedan desplazarse a su trabajo si el desplazamiento supone un peligro para su seguridad y salud o interfiera en las labores de rescate y recuperación de las zonas afectadas por la DANA.
También será posible cobrar un permiso retribuido cuando los trabajadores tengan que atender a las tareas de búsqueda de sus familiares desaparecidos o hacerse cargo del fallecimiento de los mismos; cuando, como consecuencia de la pérdida de sus viviendas o enseres, no estén en disposición de acudir al trabajo, o cuando no sea posible el trabajo a distancia por falta de dispositivos o cobertura.
En todos estos supuestos, todos los trabajadores podrán ausentarse de su puesto y acogerse a estos permisos retribuidos no recuperables.
"Lo que hemos hecho es ajustar una multitud de causas justamente a la concesión de un permiso retribuido, por eso quiero mandar un mensaje de tranquilidad a los trabajadores. Por ejemplo, cuando haya inconvenientes de movilidad, se da la cobertura para un permiso de retribuido. Por tanto, los trabajadores que estén tranquilos, porque van a percibir y a cotizar por trabajo efectivo como si no hubiera pasado nada", explicó la propia vicepresidenta Díaz el pasado viernes.
PRESTACIÓN PARA EMPLEADAS DE HOGAR Y PLAN MECUIDA
El 'escudo laboral' al que dará luz verde este lunes el Consejo de Ministros incluye además una prestación extraordinaria para empleadas de hogar, del 70% de la base reguladora, sin periodo de carencia (es decir, sin necesidad de reunir un periodo mínimo de cotización) y sin consumo de cotizaciones.
Además, fuentes del Ejecutivo han indicado a Europa Press que se simplificarán las causas para poder acceder a esta prestación, por ejemplo, en el caso de que el empleador muera, esté desaparecido o no tenga domicilio.
Como se hizo en pandemia, el Ministerio de Trabajo pondrá en marcha un plan, denominado 'Plan Mecuida', que permitirá a los trabajadores adaptar o reducir su jornada hasta el 100% para el cuidado de menores y otros familiares.
El 'Plan Mecuida' contempla todas las posibilidades de adaptación de jornada: desde el teletrabajo, a la adaptación del horario laboral y la reducción de la jornada, incluso hasta el 100% de la misma. Según fuentes del Ejecutivo, estos derechos de conciliación se configuran como un individuales.
Junto a todo ello, Trabajo 'prohibirá' el despido por causa de la DANA (los despidos se considerarán nulos) y los contratos temporales quedarán suspendidos, sin que puedan rescindirse.
Además del 'escudo laboral', el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, avanzó el pasado viernes que el Consejo de Ministros de mañana aprobará nuevas ayudas para los afectados de la DANA, que podrán devolver en cinco o siete años.
"Vamos a poner sobre la mesa unas ayudas que van a poder devolver en cinco o siete años. Esto se concretará el lunes que viene en el Consejo de Ministros", dijo el ministro.
Todas estas medidas se suman al plan estatal de ayuda para las zonas afectadas por la DANA, valorado en 10.600 millones de euros, que el Gobierno aprobó el pasado martes y en el que se contemplan ayudas directas y medidas fiscales, para familias, empresas y autónomos.
En dicho plan y dentro del ámbito de la Seguridad Social, se incluyó la puesta en marcha de una Incapacidad Temporal (IT) extraordinaria, que permitirá el cobro desde el primer día del 75% del salario, a los trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos causados por la DANA.
Asimismo, se ha aprobado ya el incremento en un 15% y durante un periodo inicial de tres meses, prorrogables, del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y de las pensiones no contributivas, que se hará efectivo ya a finales de este mes, sin necesidad de ningún trámite.