lunes. 25.11.2024

Los reporteros y entrevistados que participaron en un reportaje sobre la fortuna de Francisco Franco emitido en la cadena televisiva Cuatro en julio de 2018 no vulneraron el derecho al honor ni a la intimidad de los nietos del dictador. Estos denunciaron a dichos profesionales por haberles generado "una situación de hostilidad, incitando a la discriminación, el odio o la violencia" y además reclamaron una indemnización de 50.000 euros. Es por ellos que , la jueza Carmen Iglesias concluye que el reportaje del programa ‘En el punto de mira’ fue “parcial y sesgado” pero está amparado por la libertad de expresión e información, por lo que desestima la demanda civil de los nietos del dictador. 

Por otro lado , los demandados, se trata del grupo Mediaset, el director del programa, Juan Serrano; la jefa de prensa de contenidos de la cadena, Lorena Correa; y los reporteros Pablo de Miguel, Juan Carlos González y Carla Sanz. Entre los demandados también estaban los colaboradores Javier Otero Bada y Jimmy Giménez-Arnau, el historiador Carlos Babío y el escritor Mariano Sánchez Soler. Todos ellos eran entrevistados en el reportaje.

En la misma demanda, seis nietos de Franco —Francisco, Jaime Felipe, María del Mar, María Aránzazu, José Cristóbal y María de la O— alegaron que el programa había tenido “una línea difamatoria” al recoger manifestaciones “arbitrarias y contrarias a la verdad” y “dando lugar a maledicencias no contrastadas”.

Los demandados, por su parte, alegaron que el reportaje abordó con “informaciones veraces” un asunto “de indudable interés general” —como es el patrimonio de quien fuera jefe del Estado español durante cuarenta años y la forma en que se adquirieron algunos de sus bienes— y que la emisión estaba, por tanto, amparada los derechos a la libertad de información y libre expresión de ideas. 

En la sentencia, la jueza sostiene que no se vulneró el derecho a la intimidad de los nietos del dictador porque en el reportaje —que versó sobre la exhumación de los restos de Franco y el patrimonio familiar— no se reveló “ningún dato” de su vida personal o familiar. 

No obstante, la jueza entiende que en el reportaje se da una “versión sesgada y parcial” pues mezcló hechos reales y contrastados con otros que son una mera conclusión del editor del programa, pero admite que “el sesgo en la información o el sentido político resulta protegido por la libertad de expresión”. 

Quedan absueltos los periodistas que fueron denunciados por investigar el patrimonio...