martes. 24.12.2024

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el pasado 1 de junio una nueva convocatoria para que las entidades locales puedan solicitar subvenciones de cara a realizar acciones de Formación Profesional para el Empleo destinadas a personas trabajadoras desempleadas, programa que cuenta con un presupuesto de 20 millones de euros.

La convocatoria, disponible en la dirección https://juntadeandalucia.es/eboja/2022/103/index.html,   establece el plazo para solicitar estas “subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta” desde el 2 de junio y durante un mes.

En el texto de la convocatoria, se establece que podrán participar las entidades locales previstas en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, acreditadas o inscritas en el Registro de Centros y Entidades colaboradoras de Formación Profesional para el Empleo de Andalucía o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación para las especialidades formativas solicitadas.

Asimismo, las entidades locales cuentan con un catálogo abierto de especialidades formativas para presentar sus solicitudes, de cara a que puedan elegir aquellas que crean más oportunas y necesarias según las características propias de cada localidad. En todo caso, la convocatoria establece que deberán estar incluidas en el Fichero Andaluz de Especialidades Formativas.

Pago anticipado 100%

Una de las principales características de esta convocatoria de subvenciones es que se abonará hasta el cien por cien de la subvención concedida a las entidades locales beneficiarias, con un único pago anticipado antes de iniciar las acciones formativas, lo que permitirá a los ayuntamientos, corporaciones y entes locales no tener que comprometer sus propios recursos ni tener que adelantar fondos propios.

Colectivos

Las acciones formativas de esta convocatoria van dirigidas a personas trabajadoras desempleadas con dificultades para su inserción o recualificación profesional, que pertenezcan a algunos de estos colectivos o cumplan estos requisitos: perceptores de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital; parados de larga duración; mayores de 45 años; inmigrantes; personas con déficit de formación que no hayan obtenido el título de Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente; personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social; personas que tengan reconocida la condición de refugiado y solicitantes o beneficiarios de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal; personas pertenecientes a minorías étnicas y aquellas personas que acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social.

También se incluyen a mujeres desempleadas en situación de vulnerabilidad y a personas desempleadas con necesidades formativas especiales, que sufran discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.

 Inicio de las acciones

La primera de las acciones formativas tendrá que iniciarse en el plazo máximo de 4 meses desde la notificación de la resolución de concesión, debiendo ejecutarse el proyecto subvencionado en un plazo máximo de 18 meses.

La presentación de las solicitudes deberá realizarse exclusivamente en la aplicación informática de gestión de la Formación Profesional para el Empleo, denominada GEFOC entidades, que está alojada en la oficina virtual, disponible en la dirección web https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/oficinavirtualFPE/gefoc-web/d

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